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Devolución del IRPF de la prestación por maternidad

Dejamos a vuestra disposición la información que nos han proporcionado los sindicatos acerca de la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad, esperando que sea de vuestra utilidad:
Beneficiarios
  • madres que tuvieron la prestación por maternidad en los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Los años anteriores ya han prescrito.
  • padres que disfrutaron de un período de prestación por maternidad cedido por la madre de las criaturas, igualmente duran 2014, 2015, 2016 y 2017.

¿Cómo puede ser solicitado?
Es necesario hacer una solicitud de rectificación de la autoliquidación y devolución de ingresos indebidos en el ejercicio que se disfrutó la prestación por maternidad. ¡Atención!, porque puede haber casos en que este permiso abarque dos ejercicios diferentes, como es el caso de algunos niños nacidos en septiembre, octubre, noviembre y diciembre. Se presentará este escrito en Hacienda, acompañado de una copia de la declaración y de los datos fiscales del año que se reclama.
La rectificación debe ser solicitada antes de que pasen 4 años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración presentada.
Se recibirá contestación acerca de si Hacienda considera que esa retención debe ser devuelta o no.
La Agencia Tributaria va a hacer público un impreso oficial que muy probablemente esté disponible la semana que viene. Es aconsejable esperar a dicho impreso para evitar defectos de forma de impresos no oficiales.
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